Monopatines y e-bikes: qué dice la normativa en MDP
En General Pueyrredón, los monopatines eléctricos se consideran vehículos de movilidad personal: circulan por bicisendas y ciclovías, y por la calzada (nunca la vereda) donde no las haya, a un máximo de 30 km/h.
Las bicicletas asistidas que cortan la asistencia a 25 km/h se tratan como bicicletas comunes: no requieren registro ni seguro, aunque el casco y las luces son obligatorios de noche.
Las dirt e-bikes y vehículos que superan los 50 km/h entran en otra categoría: son para uso en circuitos y campo privado, no para vía pública. Es lo primero que aclaramos al venderlas.
Nuestro consejo de siempre: casco homologado, luces delantera y trasera, y respeto por el peatón. La movilidad eléctrica crece si rodamos bien.